El pasado 28 de enero se celebró el Día Internacional de la Protección de Datos Personales, fecha que desde el 2006 conmemora la firma del Convenio No. 108 del Consejo de Europa para la protección de las personas respecto al tratamiento autorizado de datos de carácter personal.

En Colombia, la protección de datos en el marco del habeas data corresponde a un derecho de rango constitucional fundamental, el cual permite que los ciudadanos puedan conocer, actualizar y rectificar información recolectada sobre ellos. Así lo señala el artículo 15 de la Constitución al referirse también a los derechos a la intimidad y al buen nombre, lo que no solo protege el ámbito de la información y datos, sino también de la dignidad humana.

En una economía de mercado, y en procura de la libre competencia, quienes tienen que ver con datos son de una variada gama, y los efectos de esta información impactan positiva o negativamente en las personas, y por ello, en el 2012 se expidió la Ley Estatutaria 1581.

Los principios adoptados dan habida cuenta del interés del legislador en la finalidad, la libertad, la veracidad, la transparencia, el acceso, la confidencialidad, la legalidad y sobre todo la seguridad que se debe garantizar en materia de protección de datos.

Hoy la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) como autoridad de protección de datos en Colombia cuenta con la capacidad de: i) investigar, ii) ordenar medidas, iii) bloquear el uso de datos, iv) impartir instrucciones, v) solicitar información, vi) declarar la conformidad de transferencia internacional de datos, vii) sugerir ajustes y correctivos, y viii) Administrar el Registro Nacional de Bases de Datos, cuyo registro obligatorio venció el pasado 31 de noviembre para las personas jurídicas, y está por vencer el próximo 31 de enero de 2019 para las entidades públicas.

La protección de datos demanda un trabajo continuo de carácter técnico en materia jurídica y económica, lo que seguro un día nos permitirá tener un mundo y un ciberespacio cada vez más seguro en materia de protección de datos, elemento que constituye un importante activo en el marco de la “IV Revolución Industrial”.

Como lo señaló el presidente Iván Duque el pasado 3 de diciembre en el marco de la celebración de los 50 años de la SIC, los datos no pueden ser objeto de comercio subrepticio, ni de afectaciones a los derechos y las libertades, es por eso que los países andinos, los Estados americanos y los miembros de la Organización de las Naciones Unidas debemos abogar para que en el ámbito del derecho internacional se adopte un instrumento jurídico vinculante que unifique los dos estándares existentes en materia de protección de datos personales: el estadounidense y el europeo.

El reto no es menor en un país como Colombia que busca su propia “revolución industrial” a través de la economía naranja, en donde el tema de protección de datos será transversal y clave de cara al ingreso, como Estado miembro de pleno derecho a la OCDE, así como en la agenda de legalidad, equidad y emprendimiento señalada por este gobierno.

Andrés Barreto González
Superintendente de Industria y Comercio

Fuente: https://www.portafolio.co/opinion/otros-columnistas-1/andres-barreto-gonzalez-proteccion-de-datos-525757

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Juan Sebastian Miller Moreno

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