La propagación del coronavirus (covid-19) y las medidas de confinamiento emitidas por los gobiernos nacional y regionales han incrementado el uso de tecnologías y el surgimiento de distintos emprendimientos. Pero el lado oscuro es el rastreo de información y la multiplicación de casos de suplantación de identidad.

Esta conducta, que consiste básicamente en hacerse pasar por alguien, ya sea en el ámbito físico o digital, mediante la disposición real o falsa de documentos de identidad o el alcance a datos personales o imágenes caracterizadoras, se ha facilitado precisamente por el avance de las nuevas tecnologías.

Uno de los casos de suplantación de identidad más comunes termina en contratos de prestación de servicios con operadores de telecomunicaciones, que del 1 de enero al 31 de julio de este año dio lugar a la presentación de 1.904 quejas ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), frente a 1.705 presentadas en el año 2019 y 767 en el 2018 durante el mismo periodo.

Teniendo en cuenta este alarmante aumento presentado el año pasado frente al 2018 (122 %), la SIC envió una comunicación a las empresas de telecomunicaciones con algunas peticiones concretas encaminadas a evitar la vulneración al derecho fundamental de protección de datos personales, sobre las cuales valdría la pena evaluar su cumplimiento, así:

  1. Contactar a las personas respecto de las cuales posean prueba de autorización previa, expresa e informada, según lo exige la Ley 1581 del 2012.
  2. Respectar y garantizar el derecho de supresión de los datos personales de contacto cuando son utilizados para fines comerciales.
  3. Suspender el uso del número telefónico y demás datos de contacto para fines publicitarios y comerciales, cuando así lo requiere o solicite el titular de dichos datos.
  4. Impartir instrucciones para que las actividades de publicidad u ofrecimiento de servicios y productos se realicen en días y horarios que no afecten la intimidad familiar o el horario de descanso.

Pasos a seguir

Una persona que es víctima de suplantación de identidad debe tener en cuenta que es muy importante cerrar sus sesiones de cuenta en todos los dispositivos (celular y computador, entre otros), cambiar las claves de sus correos en bancos, modificar las configuraciones de privacidad de sus equipos e informar a las entidades financieras y comerciales con las que tiene negocios acerca del hecho, para evitar un nuevo evento relacionado.

Debe acudir a la estación de policía más cercana o a la Fiscalía General de la Nación para denunciar el delito de falsedad personal del que ha sido víctima, radicar una alerta de suplantación de identidad ante los operadores de información financiera y, así mismo, verificar ante estos quién ha consultado su historial crediticio, lo cual le permitirá saber si han tratado de suplantar su identidad para realizar negocios a su nombre.

Pasos suplantación

Adicionalmente, debe presentar un reclamo a la empresa ante la cual ocurrió la suplantación, es decir, ante el operador de telecomunicaciones, si es el caso, y, finalmente, acudir a la SIC y radicar una queja ante la Delegatura de Protección de Datos Personales o, en tiempos de pandemia, acudir a los servicios de SIC Facilita, a través de la página web www.sic.gov.co.

De acuerdo con la información que maneja la SIC, a pesar de que los operadores de telecomunicaciones han adoptado medidas, los casos de suplantación de identidad se siguen presentando. Se han radicado 906 quejas ante la Delegatura de Protección de Datos Personales y 998 a través de la plataforma SIC Facilita.

Estas últimas han sido particularmente contra las empresas Claro, Movistar, Tigo, Direct TV, ETB y Avantel, las cuales tienen el reto de mejorar las condiciones de seguridad y protocolos para evitar daños a sus clientes y generar más confianza. Dichos protocolos deben estar en constante evaluación y monitoreo, pues los suplantadores están innovando y perfeccionando su actuar delictivo de manera permanente.

Conductas del ciudadano

Frente a este panorama es también responsabilidad de los ciudadanos cooperar en la mitigación de estas situaciones, con conductas como no suministrar información a cualquier persona ni publicar datos personales, como el número o la fotocopia de la cédula de ciudadanía en redes sociales digitales, y ser más cautos y reservados con su información personal, de manera que los suplantadores no la tengan fácil.

Otra sugerencia es que las personas estén revisando de manera periódica ante las centrales de información financiera su historial crediticio, porque allí queda huella de quiénes están mirando su comportamiento de pago.

Si una persona se da cuenta de que alguien que no conoce y ni siquiera vive en la misma ciudad realizó alguna consulta en su historial crediticio, debe tomar esta conducta como sospechosa e informar de manera inmediata a la empresa que consultó si nunca ha estado allí, ni ha solicitado un crédito o servicio.

Denuncia penal

La persona que es víctima de suplantación de identidad debe informar a las autoridades sobre la ocurrencia del hecho. Puede hacerlo a través de la plataforma Adenunciar con el ítem falsedad en documento, que está previsto en las páginas www.fiscalia.gov.co y www.policia.gov.co.

Adicionalmente, la Fiscalía General de la Nación cuenta con la línea 122 y las líneas gratuitas 0180000919748 o local para Bogotá y Cundinamarca 5702000, opción 7. También se puede escribir a los correos electrónicos denunciaanonima@fiscalia.gov.co y hechoscorrupcion@fiscalía.gov.co.

Entre el 20 de marzo y el 19 de agosto del 2020 se encuentran activas en la Fiscalía en fase de indagación 2.962 denuncias por falsedad personal, en los términos del artículo 296 del Código Penal.

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Dependiendo del marco de suplantación, se pueden presentar delitos más graves como acceso abusivo a sistema informático, falsedad en documento público y falsedad en documento privado, entre otros. Si se trata solo de suplantación de identidad, en el Código Penal y para efectos de la denuncia en cuestión se regula como falsedad personal.

 

Sara Milena Cruz Abril
Redactora

Fuente: https://www.ambitojuridico.com/noticias/penal/mercantil-propiedad-intelectual-y-arbitraje/que-debe-hacer-una-persona-la-que-le-ha

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Juan Sebastian Miller Moreno

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