Bogotá D.C., 20 de abril de 2020. La Superintendencia de Industria y Comercio, en su rol de autoridad nacional de protección de datos personales, impuso una multa a SCOTIABANK COLPATRIA de SETENTA Y DOS MILLONES NOVECIENTOS VEINTITRES MIL CIENTO TREINTA Y SEIS PESOS ($72.923.136) al no atender la solicitud de un ciudadano de retirar sus datos personales de la base de datos del Banco.
El caso, que se resolvió a a través de la Resolución 78221 de 2020, inició con ocasión de la queja de un ciudadano quien informó que había presentado al banco SCOTIABANK COLPATRIA varias peticiones para que eliminara sus datos personales para no recibir publicidad de la entidad bancaria. Sin embargo, y después de haber sido notificado de que sus datos ya se habían eliminado de la base de datos, la persona siguió recibiendo llamadas y ofertas desde el banco.
En la investigación, la Superindustria concluyó que SCOTIABANK COLPATRIA hizo caso omiso a las solicitudes de supresión de datos realizadas en varias ocasiones por el titular de los mismos y no garantizó al titular su derecho fundamental de hábeas data.
La decisión tiene recurso de reposición y apelación.